Secr. de Actas, Prensa y Difusión:  

Pérez, Néstor Marcelo 

Sub Secr. de Actas, Prensa y Difusión:  

GUSTAVO J. O. NICOLETTA


Esta Secretaría tiene como Misión:

 

 

La secretaría de Actas, Prensa y Difusión toma fielmente las versiones de las reuniones de la Comisión directiva y de las Asambleas y redacta las actas correspondientes que firmará con el Secretario General, haciendo constar en ellas, la nómina de los asistentes en el primer caso.


Lleva el Libro de Actas y Asistencia de las Asambleas y Comisión Directiva, y lee en cada reunión el acta de la sesión anterior, para su aprobación.


Prepara el orden del día, dando entrada a todo asunto de interés para la Asociación o informando al Secretario General, para dar cuenta, cuando así lo requiera la Comisión Directiva. Llevar los índices necesarios par facilitar la búsqueda de losacuerdo y resoluciones de las Asambleas y Comisión Directiva.


Cuida los archivos y el buen estado de conservación del libro de Actas y documentos que se agreguen a las mismas.


Recepta y difunde las resoluciones de la Comisión Directiva, Cuerpo de Delegados y Secretarías toda noticia de interés gremial que debe darse a publicidad las que serán autorizadas previamente por el Secretario General o reemplazante.


Tiene a su cargo la dirección de las publicaciones que edite la Asociación.


Proyecta y somete a consideración de la Comisión Directiva la propaganda que las circunstancias aconsejen.


Fomenta y mantiene relaciones con los órganos de difusión o información (prensa oral, escrita y televisiva).


Cita a conferencias de prensa cuando la Comisión Directiva lo disponga.


Mantiene un archivo general de todo lo actuado por las distintas secretarías Recopila y prepara estadísticas de datos de interés para la Asociación.


Recaba de otras organizaciones obreras y entidades específicas informes y antecedentes que se considere necesario para un mejor cumplimiento de su cometido.


Firma con el Secretario General todos los documentos o correspondencia que pertenezca a su Secretaría.


Designa las subcomisiones de carácter permanente o transitorio que tengan afinidad con sus funciones o bien configuren un aporte para el eficaz desenvolvimiento de la secretaria a su cargo.